miércoles, 8 de abril de 2015


seguridad y salud en el trabajo



Accidente De Trabajo



 Es también accidente de trabajo aquel que se produce durante la ejecución de órdenes del empleador, o contratante durante la ejecución de una labor bajo su autoridad, aún fuera del lugar y horas de trabajo.
 Igualmente se considera accidente de trabajo el que se produzca durante el traslado de los trabajadores o contratistas desde su residencia a los lugares de trabajo o viceversa, cuando el transporte lo suministre el empleador.
 También se considerará como accidente de trabajo el ocurrido durante el ejercicio de la función sindical aunque el trabajador se encuentre en permiso sindical siempre que el accidente se produzca en cumplimiento de dicha función. De igual forma se considera accidente de trabajo el que se produzca por la ejecución de actividades recreativas, deportivas o culturales, cuando se actúe por cuenta o en representación del empleador o de la empresa usuaria cuando se trate de trabajadores de empresas de servicios temporales que se encuentren en misión.


Enfermedad Laboral

Es enfermedad laboral la contraída como resultado de la exposición a factores de riesgo inherentes a la actividad laboral o del medio en el que el trabajador se ha visto obligado a trabajar. El Gobierno Nacional, determinará, en forma periódica, las enfermedades que se consideran como laborales y en los casos en que una enfermedad no figure en la tabla de enfermedades laborales, pero se demuestre la relación de causalidad con los factores de riesgo ocupacionales será reconocida como enfermedad laboral, conforme lo establecido en las normas legales vigentes.
Parágrafo 1°. El Gobierno Nacional, previo concepto del Consejo Nacional de Riesgos Laborales, determinará, en forma periódica, las enfermedades que se consideran como laborales.
Parágrafo 2°. Para tal efecto, El Ministerio de la Salud y Protección Social y el Ministerio de Trabajo, realizará una actualización de la tabla de enfermedades laborales por lo menos cada tres (3) años atendiendo a los estudios técnicos
financiados por el Fondo Nacional de Riesgos Laborales.


Clasificación De Riesgo Y Ejemplos

Combinación de probabilidad y consecuencia, como posibilidad de que ocurra un evento peligroso específico. El diccionario de la Real Academia de la Lengua Española lo define como: “proximidad de un daño”. En el contexto de la prevención de riesgos, debemos entenderlo como la probabilidad de que ante un determinado peligro se produzca un daño determinado, pudiendo por ello cuantificarse.

Riesgo de trabajo: Son los accidentes y enfermedades a que estánexpuestos los trabajadores en el ejercicio de su labor. el estar malsentados no tener su herramientas adecuadas para dicho trabajo, etc.

Riesgo tolerable: Riesgo que se ha reducido a un nivel que la organización puede soportar,  especto a sus obligaciones legales y su propia política de SI y SO.  


Accidente Común

•             Distracción o falta de concentración, especialmente cuando se trabaja con maquinas.
•             Estar afanado y no tomar las medidas adecuadas para realizar tal o cual labor (como usar           un esmeril o hacer soldaduras sin protección para los ojos, no usar escaleras adecuadas    para trabajar en lo alto, etc.).
•             No usar las medidas recomendadas de protección (cascos, guantes, máscaras, tapabocas,        ropa, etc.).
•             Tener elementos de trabajo en mal estado, maquinas dañadas o con malos arreglos o usar      elementos para lo que no están diseñados.
•             Realizar actividades sin estar en las mejores condiciones (como estar ebrio, trasnochado,         muy cansado, enojado, afanado, etc.).
•             No ser experto en el trabajo que se va a realizar. Cualquier trabajo necesita experiencia y        algunos necesitan capacitación permanente.
•             Trabajar con niños, ellos se distraen más facilmente y preveen menos las consecuencias           (he visto muchos niños con las manos aplastadas en maquinas moledoras), los niños       además, aunque no estén trabajando, distraen y muchas veces por vigilar al pequeño se               descuida una máquina . Es de anotar que quien obligue a
                trabajar a los  niños comete un delito penal, asì sean sus propios hijos.
•             Usar posturas incorrectas para manipular una maquina o al hacer algún trabajo.
•             Sobrecargar una maquina
•             Usar anillos, manillas, collares o elementos que se puedan enredar, en muchas actividades     es importante recogerse el pelo si está largo.
•             Falta de espacio suficiente en el lugar de trabajo.   
                Cada uno en su trabajo debe conocer los riesgos y tomar las medidas correspondientes            para evitar accidentes propios o a otras personas, ademàs pedir asesorìa y capacitaciòn           permanente, oir consejos y preguntar si hay dudas.


Acto Inseguro

Son las acciones u omisiones cometidas por laspersonas, al violar o no cumplir normas y procedimientos previamente establecidos, posibilitando que se produzca un accidente de trabajo.








Condición Insegura

Situación que se presenta en un lugar de trabajo, se caracteriza por la presencia de riesgos no controlados, que pueden generar accidentes de trabajo o enfermedades profesionales.


AFP

Las Administradoras de Fondos de Pensiones y Cesantías de Colombia son instituciones financieras privadas de carácter previsional encargadas de administrar y gestionar eficientemente los fondos y planes de pensiones del Régimen de ahorro individual con solidaridad y de los fondos de cesantías en Colombia.



ARL

Es el conjunto de entidades públicas y privadas, normas y procedimientos, destinados a prevenir, proteger y atender a los trabajadores de los efectos de las enfermedades y los accidentes que puedan ocurrirles con ocasión o como consecuencia del trabajo que desarrollan.  Las disposiciones vigentes de salud ocupacional relacionadas con la prevención de los accidentes de trabajo y enfermedades laborales y el mejoramiento de las condiciones de trabajo, hacen parte integrante del Sistema General de Riesgos Laborales.



EPS

Una entidad promotora de salud conocida en sus siglas como EPS, son eps del Sistema de Salud en Colombia, las cuales no prestan servicios médicos, sino que promueven dichos servicios a usuarios en un esquema de aseguramiento. Las personas se afilian a las EPS para luego ser atendidas en clínicas y hospitales, las cuales sí brindan los servicios médicos pero no cobran por estos a los pacientes



Exposición

Los agentes físicos son manifestaciones de la energía que pueden causar daños a las personas. Tales manifestaciones son: La energía mecánica, en forma de ruido y vibraciones. La energía calorífica, en forma de calor o frío. La energía electromagnética, en forma de radiaciones (Infrarroja, ultravioleta, rayos x, láser, etc.).





Factor De Riesgo

Se entiende bajo esta denominación la existencia de elementos, fenómenos, ambiente y acciones humanas que encierran una capacidad potencial de producir lesiones o daños materiales, y cuya probabilidad de ocurrencia depende de la eliminación y/o control del elemento agresivo.


Peligro

Es una fuente o situación con potencial de daño en términos de
lesión o enfermedad; de daño a la propiedad, al ambiente de trabajo o a
una combinación de éstos. Es todo aquello que puede producir un daño o un deterioro de la calidad de vida individual o colectiva.






Riesgo

Esta Ley apunta a un sistema de protección universal, incluyendo a nuevos sectores de la población que hasta ahora no estaban protegidos ante las enfermedades o accidentes propios de su actividad Laboral. Establece, por ejemplo, la afiliación obligatoria para todos los trabajadores independientes vinculados a través de un contrato formal de prestación de servicios con duración superior a un mes.







Higiene Industrial

Rama de la higiene que se encarga de la prevención de enfermedades ocupacionales, ocasionadas por la exposición del trabajador a agentes físicos, químicos, y/o biológicos. Técnica de intervención en el ambiente, que estudia contaminantes físicos y biológicos presentes en el medio de trabajo, los cuales pueden causar alteraciones reversibles o permanentes en la salud. La higiene industrial se encarga de hacer mediciones en la fuente, en el medio y en las personas, con respecto al origen del riesgo, utilizando equipos confiables



Seguridad Industrial

Es la que tiene por objeto la prevención y limitación de riesgos, así como, la protección contra accidentes y siniestros capaces de producir daños o perjuicios derivados de la actividad industrial, tanto a las personas, flora, fauna y bienes, como al medio ambiente. Es una ciencia multidisciplinaria que se encarga de la prevención de accidentes de trabajo. Está constituida por el conjunto de medidas técnicas destinadas a conservar la vida, la salud y la integridad física de los trabajadores. Dichas medidas tienden a conservar los materiales e instalaciones exentos de peligro o deterioro y en las mejores condiciones, tanto de servicio como de productividad.Técnica de intervención en el ambiente, que estudia las condiciones materiales que ponen en peligro la integridad física de los trabajadores, proponiendo intervenciones para minimizar los daños personales y materiales.


incidente

Es un evento no planeado que no resulta en lesión, pérdida o daño, pero que, bajo circunstancias ligeramente diferentes, podría haber derivado en un accidente. Es también denominado como “casi accidente”. Suceso en el que no se producen daños, o en el que estos no son significativos, pero que ponen de manifiesto la existencia de riesgos derivados del trabajo.


Sistema General De Riesgo Laborales

Es el conjunto de entidades públicas y privadas, normas y procedimientos, destinados a prevenir, proteger y atender a los trabajadores de los efectos de las enfermedades y los accidentes que puedan ocurrirles con ocasión o como consecuencia del trabajo que desarrollan. Las disposiciones vigentes de salud ocupacional relacionadas con la prevención de los accidentes de trabajo y enfermedades laborales y el mejoramiento de las condiciones de trabajo, hacen parte integrante del Sistema General de Riesgos Laborales.


Pensión De Invalidez


Para efectos de acceder a la pensión de invalidez, es necesario que el afiliado haya perdido el 50% o más de su capacidad laboral.

El afiliado debe haber cotizado cincuenta semanas dentro de los últimos tres años inmediatamente anteriores a la fecha de declaración del estado de invalidez.

BOGOTÁ, nov. 14/14.- La pensión de invalidez es reconocida por dos vías, en el Sistema General de Pensiones, cuando es de origen común o por el Sistema de Riesgos Laborales cuando es de tipo profesional.

La claridad la hizo la Oficina Asesora Jurídica del Ministerio del Trabajo, al publicar el concepto 168796 que da respuesta al radicado No. 123678, del 30 de septiembre del presente año.
Resulta conveniente hacer referencia artículo 38 de la Ley 100 de 1993 que califica de inválida a la persona "que por cualquier causa de origen no profesional, no provocada intencionalmente, hubiere perdido el 50 % o más de su capacidad laboral'.

En el evento que la pérdida de la capacidad laboral sea del 50 % o más, da lugar al reconocimiento de las prestaciones por invalidez causada por enfermedad común, la Administradora de Pensiones en la cual se encuentra afiliado el trabajador debe verificar que se cumplan requisitos como haber cotizado cincuenta semanas dentro de los últimos tres años inmediatamente anteriores a la fecha de declaración del estado de invalidez.

Si la invalidez es causada por accidente, el afiliado tiene que haber cotizado cincuenta semanas dentro de los últimos tres años inmediatamente anteriores al hecho causante de la misma.

De presentarse este caso en menores de veinte años de edad, solo deberán acreditar cotización por veintiséis semanas en el último año inmediatamente anterior al hecho causante de la invalidez o su declaratoria.

Cuando el afiliado haya cotizado por lo menos el 75% de las semanas mínimas requeridas para acceder a la pensión de vejez, requerirá cotización por veinticinco semanas como mínimo en los últimos tres años.


Accidente De Trabajo O Enfermedad Laboral



Las prestaciones asistenciales y económicas derivadas de un accidente de trabajo o de una enfermedad de origen laboral, según el artículo 1° de la Ley 776 de 2002, serán reconocidas y pagadas por la Administradora de Riesgos Laborales - ARL en la cual se encuentre afiliado el trabajador en el momento de ocurrir el accidente o, en el caso de la enfermedad laboral, al momento de requerir la prestación.

Se encuentra obligada la ARL a asistir a la persona en la parte médica, quirúrgica, servicios de hospitalización, medicamentos, prótesis, rehabilitación física y profesional, gastos de traslado necesarios para la asistencia de los servicios y las prestaciones económicas, como el subsidio por incapacidad temporal, la indemnización por incapacidad permanente parcial, la pensión de invalidez, la pensión de sobrevivientes y el auxilio funerario.

Para el caso de la incapacidad permanente parcial, el artículo 5° de la misma Ley aclara que cuando el afiliado, como consecuencia de un accidente o una enfermedad de origen laboral, presenta una disminución definitiva, igual o superior al cinco por ciento, pero inferior al cincuenta por ciento de su capacidad laboral, para lo cual ha sido contratado o capacitado, la Administradora de Riesgos Laborales - A.R.L. reconocerá una indemnización en proporción al daño sufrido, en una suma no inferior a dos salarios base de liquidación, ni superior a veinticuatro veces su salario base de liquidación.


Pensión De Sobrevivientes

Este reconocimiento se conoce como de sobreviviente o sustitución pensional causada por el afiliado o el pensionado para quienes acrediten su calidad de beneficiarios como cónyuge, compañero (a) permanente, hijos menores, hijos estudiantes entre 18 y 25 años de edad, hijos discapacitados o padres si dependían económicamente de este.


Jornada Laboral

El código sustantivo del trabajo regula de forma muy precisa la jornada de trabajo máxima que debe cumplir un trabajador, jornada máxima que en principio es de 8 horas diarias y 48 semanales.

Las 8 horas diarias y las 48 semanales son la regla general, pero como siempre,  hay excepciones a esta regla general.

Es el caso de la jornada de trabajo máxima que se le debe exigir a un adolecente trabajador, que es de 6 horas diarias y 36 semanales o 8 horas diarias  y 40 semanales, según la edad de este (Numeral 2 del literal b del artículo 161 del código sustantivo del trabajo).

La jornada de trabajo máxima de 8 horas puede ser incrementada cuando las partes acuerdan cumplir en 5 días la jornada máxima de 48 horas semanales para que el trabajador pueda descansar todo el sábado. Es decir que entre semana podrá laborar jornadas de 10 horas  y en tal evento no se genera trabajo suplementario, pero se insiste, esto con el único objetivo de no trabajar el sábado.

Igualmente la jornada laboral máxima de 8 horas diaria se puede incrementar con hasta dos horas adicionales de trabajo, horas que constituyen trabajo suplementario o extra.

Cuando se organizan turnos de trabajo sucesivos que impliquen trabajar todo los días de la semana, en tal evento la jornada diaria no puede exceder de 6 horas y la semanal de 36.

Se puede concluir que en ningún caso el trabajador debe laborar más de 10 horas diarias, incluyendo horas extras, de modo que en realidad la jornada de trabajo  máxima a la que se puede llegar es de 10 horas diarias  y de hasta 60 semanales si consideramos que diariamente se permite trabajar dos horas  extras.


Estilo De Vida

Estilo de vida, hábito de vida o forma de vida hace referencia a un conjunto de comportamientos o actitudes cotidianos que realizan las personas, algunos de los cuales pueden ser no saludables.
Los estilos de vida están determinados por procesos sociales, tradiciones, hábitos, conductas y comportamientos de los individuos y grupos de población que conllevan a la satisfacción de las necesidades humanas para alcanzar la calidad de vida.

De igual modo, el estilo de vida es la base de la calidad de vida, concepto que la Organización Mundial de la Salud –OMS- define como "la percepción que un individuo tiene de su lugar en la existencia, en el contexto de la cultura y del sistema de valores en los que vive y en relación con sus objetivos, sus expectativas, sus normas, sus inquietudes".

La calidad de vida está relacionada con los siguientes aspectos:

Satisfacción en las actividades diarias.
Satisfacción de las necesidades.
Logro de metas de vida.
Autoimagen y la actitud hacia la vida.
Participación de factores personales y socio ambientales.

Entre los estilos de vida que afectan la salud y con ello la calidad de vida de las personas, se encuentran los siguientes:

Consumo de sustancias tóxicas: tabaco, alcohol y otras drogas.
Sedentarismo, falta de ejercicio.
Insomnio.
Estrés.
Dieta desbalanceada.
Falta de higiene personal.
Errada manipulación de los alimentos.
No realizar actividades de ocio o aficiones.
Falta de relaciones interpersonales.
Contaminación ambiental.

Algunos estilos de vida saludables que debemos tener en cuenta para alcanzar la calidad de vida que deseamos son:

Tener sentido de vida, objetivos de vida y plan de acción.
Mantener la autoestima, el sentido de pertenencia y la identidad.
Mantener la autodecisión, la autogestión y el deseo de aprender.
Brindar afecto y mantener la integración social y familiar.
Promover la convivencia, solidaridad, tolerancia y negociación.
El autocuidado.
Tener acceso a seguridad social en salud.
Controlar factores de riesgo como obesidad, vida sedentaria, tabaquismo, alcoholismo, abuso de medicamentos, estrés y algunas patologías como hipertensión y diabetes.
Realizar actividades en tiempo libre y disfrutar del ocio.

La estrategia para desarrollar estilos de vida saludables radica esencialmente, según Bassetto (2008), en el compromiso individual y social que se tenga, sólo así se satisfacen necesidades fundamentales, se mejora la calidad de vida y se alcanza el desarrollo humano en términos de la dignidad de la persona.


Normas De Seguridad

la regla que resulta necesaria promulgar y difundir con laanticipación adecuada y que debe seguirse para evitar los daños que puedan derivarse de la ejecución de un trabajo.

Las Normas de Seguridad van a ser la fuente de información que permite lograr una uniformidad en el modo de actuar de los trabajadores ante determinadas circunstancias o condiciones, para tener un comportamiento determinado y adecuado.

Las Normas de Seguridad son:

a)            Las recomendaciones preventivas recogidas formalmente en documentos internos que
               indican maneras obligatorias de actuar.
b)           Directrices, órdenes e instrucciones que instruyen al personal de la empresa sobre los                            riesgos que pueden presentarse en su actividad y la forma de prevenirlos.
c)           Regla que es necesario promulgar y difundir con suficiente anticipación y que debe seguirse
              para evitar los daños que puedan derivarse de la ejecución de un trabajo.


Inspecciones De Seguridad

Las inspecciones son observaciones sistemáticas para identificar los peligros, riesgos o condiciones inseguras en el lugar de trabajo que de otro modo podrían pasarse por alto, y de ser así es muy probable que suframos un accidente, por tanto podemos decir que las Inspecciones nos ayudan a evitar accidentes

En la mayoría de los casos, si la persona que sufrió el Incidente o Accidente hubiera hecho un buen trabajo de inspección hubiera podido evitar la lesión o el daño, esto es, que si hubiera detectado el defecto o condición insegura; y lo solucionaba él mismo, o hubiera avisado a su Líder o Supervisor para solucionarlo; no habría ocurrido el incidente.


Tenemos los siguientes tipos de Inspecciones

1.- Inspección antes de Iniciar un Trabajo.
2.- Inspección Periódica (Por ejemplo Semanal, Mensual, etc.)
3.- Inspección General.
4.- Inspección previa al uso del Equipo.
5.- Inspección luego de una Emergencia. Etc.

El propósito de una inspección de seguridad es, claro está, encontrar las cosas que causan o ayudan a causar incidentes

Los beneficios de las Inspecciones son:

1.- Identificar peligros potenciales.
2.- Identificar o detectar condiciones sub estándares en el área de trabajo.
3.- Detectar y corregir actos sub estándares de los empleados.
4.- Determinar cuándo el equipo o herramienta presenta condiciones sub estándares.


Incapacidad Permanente Parcial

Se considera como incapacitado permanente parcial, al afiliado que, como consecuencia de un accidente de trabajo o de una enfermedad profesional, presenta una disminución definitiva, igual o superior al cinco por ciento 5%, pero inferior al cincuenta por ciento 50% de su capacidad laboral, para lo cual ha sido contratado o capacitado.

La incapacidad permanente parcial se presenta cuando el afiliado al Sistema General de Riesgos Profesionales, como consecuencia de un accidente de trabajo o de una enfermedad profesional, sufre una disminución parcial, pero definitiva en alguna o algunas de sus facultades para realizar su trabajo habitual, en los porcentajes establecidos en el inciso anterior.


Incapacidad Temporal

Se entiende por incapacidad temporal, aquella que según el cuadro agudo de la enfermedad o lesión que presente el afiliado al Sistema General de Riesgos Profesionales, le impida desempeñar su capacidad laboral por un tiempo determinado.







Emergencia



Suceso o incidente súbito; caso imprevisto o que requiere especial cuidado. Materialización o inminente ocurrencia de un fenómeno de origen natural, tecnológico o humano con afectación o posibilidad de alteración a las personas, bienes, economía, seguridad, servicios y/o medio ambiente, lo cual requiere de la atención institucional sin desbordar las capacidades de las instituciones y/ o sistemas de atención y respuesta.







Presentado por:

Jose Daniel Velasquez Roa
Edgar Alexis Martinez Perdomo 

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