seguridad y salud en el
trabajo
Accidente De Trabajo
Es también accidente de trabajo aquel que se
produce durante la ejecución de órdenes del empleador, o contratante durante la
ejecución de una labor bajo su autoridad, aún fuera del lugar y horas de
trabajo.
Igualmente se considera accidente de trabajo
el que se produzca durante el traslado de los trabajadores o contratistas desde
su residencia a los lugares de trabajo o viceversa, cuando el transporte lo
suministre el empleador.
También se considerará como accidente de
trabajo el ocurrido durante el ejercicio de la función sindical aunque el
trabajador se encuentre en permiso sindical siempre que el accidente se
produzca en cumplimiento de dicha función. De igual forma se considera
accidente de trabajo el que se produzca por la ejecución de actividades
recreativas, deportivas o culturales, cuando se actúe por cuenta o en
representación del empleador o de la empresa usuaria cuando se trate de
trabajadores de empresas de servicios temporales que se encuentren en misión.
Enfermedad Laboral
Es enfermedad laboral la
contraída como resultado de la exposición a factores de riesgo inherentes a la
actividad laboral o del medio en el que el trabajador se ha visto obligado a
trabajar. El Gobierno Nacional, determinará, en forma periódica, las enfermedades
que se consideran como laborales y en los casos en que una enfermedad no figure
en la tabla de enfermedades laborales, pero se demuestre la relación de
causalidad con los factores de riesgo ocupacionales será reconocida como
enfermedad laboral, conforme lo establecido en las normas legales vigentes.
Parágrafo 1°. El Gobierno
Nacional, previo concepto del Consejo Nacional de Riesgos Laborales,
determinará, en forma periódica, las enfermedades que se consideran como
laborales.
Parágrafo 2°. Para tal efecto,
El Ministerio de la Salud y Protección Social y el Ministerio de Trabajo,
realizará una actualización de la tabla de enfermedades laborales por lo menos
cada tres (3) años atendiendo a los estudios técnicos
financiados por el Fondo
Nacional de Riesgos Laborales.
Clasificación De Riesgo Y Ejemplos
Combinación de probabilidad y
consecuencia, como posibilidad de que ocurra un evento peligroso específico. El
diccionario de la Real Academia de la Lengua Española lo define como:
“proximidad de un daño”. En el contexto de la prevención de riesgos, debemos entenderlo
como la probabilidad de que ante un determinado peligro se produzca un daño
determinado, pudiendo por ello cuantificarse.
Riesgo de trabajo: Son los
accidentes y enfermedades a que estánexpuestos los trabajadores en el ejercicio
de su labor. el estar malsentados no tener su herramientas adecuadas para dicho
trabajo, etc.
Riesgo tolerable: Riesgo que
se ha reducido a un nivel que la organización puede soportar, especto a sus obligaciones legales y su propia
política de SI y SO.
Accidente Común
• Estar afanado y no tomar las medidas adecuadas para
realizar tal o cual labor (como usar un
esmeril o hacer soldaduras sin protección para los ojos, no usar escaleras
adecuadas para trabajar en lo alto,
etc.).
• No usar las medidas recomendadas de protección (cascos,
guantes, máscaras, tapabocas, ropa,
etc.).
• Tener elementos de trabajo en mal estado, maquinas
dañadas o con malos arreglos o usar elementos
para lo que no están diseñados.
• Realizar actividades sin estar en las mejores
condiciones (como estar ebrio, trasnochado, muy
cansado, enojado, afanado, etc.).
• No ser experto en el trabajo que se va a realizar.
Cualquier trabajo necesita experiencia y algunos
necesitan capacitación permanente.
• Trabajar con niños, ellos se distraen más facilmente y
preveen menos las consecuencias (he
visto muchos niños con las manos aplastadas en maquinas moledoras), los niños además, aunque no estén trabajando,
distraen y muchas veces por vigilar al pequeño se descuida una máquina . Es de anotar que quien obligue a
trabajar a los
niños comete un delito penal, asì sean sus propios hijos.
• Usar posturas incorrectas para manipular una maquina o
al hacer algún trabajo.
• Sobrecargar una maquina
• Usar anillos, manillas, collares o elementos que se
puedan enredar, en muchas actividades es
importante recogerse el pelo si está largo.
• Falta de espacio suficiente en el lugar de trabajo.
Cada uno en su trabajo debe conocer los riesgos y
tomar las medidas correspondientes para
evitar accidentes propios o a otras personas, ademàs pedir asesorìa y
capacitaciòn permanente, oir
consejos y preguntar si hay dudas.
Acto Inseguro
Son las acciones u omisiones
cometidas por laspersonas, al violar o no cumplir normas y procedimientos
previamente establecidos, posibilitando que se produzca un accidente de
trabajo.
Situación que se presenta en
un lugar de trabajo, se caracteriza por la presencia de riesgos no controlados,
que pueden generar accidentes de trabajo o enfermedades profesionales.
AFP
Las Administradoras de Fondos
de Pensiones y Cesantías de Colombia son instituciones financieras privadas de
carácter previsional encargadas de administrar y gestionar eficientemente los
fondos y planes de pensiones del Régimen de ahorro individual con solidaridad y
de los fondos de cesantías en Colombia.
ARL
Es el conjunto de entidades
públicas y privadas, normas y procedimientos, destinados a prevenir, proteger y
atender a los trabajadores de los efectos de las enfermedades y los accidentes
que puedan ocurrirles con ocasión o como consecuencia del trabajo que desarrollan. Las disposiciones vigentes de salud
ocupacional relacionadas con la prevención de los accidentes de trabajo y
enfermedades laborales y el mejoramiento de las condiciones de trabajo, hacen
parte integrante del Sistema General de Riesgos Laborales.EPS
Una entidad promotora de salud
conocida en sus siglas como EPS, son eps del Sistema de Salud en Colombia, las
cuales no prestan servicios médicos, sino que promueven dichos servicios a
usuarios en un esquema de aseguramiento. Las personas se afilian a las EPS para
luego ser atendidas en clínicas y hospitales, las cuales sí brindan los
servicios médicos pero no cobran por estos a los pacientes
Exposición
Los agentes físicos son
manifestaciones de la energía que pueden causar daños a las personas. Tales manifestaciones
son: La energía mecánica, en forma de ruido y vibraciones. La energía
calorífica, en forma de calor o frío. La energía electromagnética, en forma de
radiaciones (Infrarroja, ultravioleta, rayos x, láser, etc.).
Se entiende bajo esta
denominación la existencia de elementos, fenómenos, ambiente y acciones humanas
que encierran una capacidad potencial de producir lesiones o daños materiales,
y cuya probabilidad de ocurrencia depende de la eliminación y/o control del
elemento agresivo.
Es una fuente o situación con
potencial de daño en términos de
lesión o enfermedad; de daño a
la propiedad, al ambiente de trabajo o a
una combinación de éstos. Es
todo aquello que puede producir un daño o un deterioro de la calidad de vida
individual o colectiva.
Riesgo
Esta Ley apunta a un sistema
de protección universal, incluyendo a nuevos sectores de la población que hasta
ahora no estaban protegidos ante las enfermedades o accidentes propios de su
actividad Laboral. Establece, por ejemplo, la afiliación obligatoria para todos
los trabajadores independientes vinculados a través de un contrato formal de
prestación de servicios con duración superior a un mes.Higiene Industrial
Rama de la higiene que se
encarga de la prevención de enfermedades ocupacionales, ocasionadas por la
exposición del trabajador a agentes físicos, químicos, y/o biológicos. Técnica
de intervención en el ambiente, que estudia contaminantes físicos y biológicos
presentes en el medio de trabajo, los cuales pueden causar alteraciones
reversibles o permanentes en la salud. La higiene industrial se encarga de
hacer mediciones en la fuente, en el medio y en las personas, con respecto al
origen del riesgo, utilizando equipos confiables
Seguridad Industrial
Es la que tiene por objeto la
prevención y limitación de riesgos, así como, la protección contra accidentes y
siniestros capaces de producir daños o perjuicios derivados de la actividad
industrial, tanto a las personas, flora, fauna y bienes, como al medio ambiente.
Es una ciencia multidisciplinaria que se encarga de la prevención de accidentes
de trabajo. Está constituida por el conjunto de medidas técnicas destinadas a
conservar la vida, la salud y la integridad física de los trabajadores. Dichas
medidas tienden a conservar los materiales e instalaciones exentos de peligro o
deterioro y en las mejores condiciones, tanto de servicio como de
productividad.Técnica de intervención en el ambiente, que estudia las
condiciones materiales que ponen en peligro la integridad física de los
trabajadores, proponiendo intervenciones para minimizar los daños personales y
materiales.
Es un evento no planeado que
no resulta en lesión, pérdida o daño, pero que, bajo circunstancias ligeramente
diferentes, podría haber derivado en un accidente. Es también denominado como
“casi accidente”. Suceso en el que no se producen daños, o en el que estos no
son significativos, pero que ponen de manifiesto la existencia de riesgos
derivados del trabajo.
Sistema General De Riesgo Laborales
Es el conjunto de entidades
públicas y privadas, normas y procedimientos, destinados a prevenir, proteger y
atender a los trabajadores de los efectos de las enfermedades y los accidentes
que puedan ocurrirles con ocasión o como consecuencia del trabajo que
desarrollan. Las disposiciones vigentes de salud ocupacional relacionadas con
la prevención de los accidentes de trabajo y enfermedades laborales y el
mejoramiento de las condiciones de trabajo, hacen parte integrante del Sistema
General de Riesgos Laborales.
Para efectos de acceder a la
pensión de invalidez, es necesario que el afiliado haya perdido el 50% o más de
su capacidad laboral.
El afiliado debe haber
cotizado cincuenta semanas dentro de los últimos tres años inmediatamente
anteriores a la fecha de declaración del estado de invalidez.
BOGOTÁ, nov. 14/14.- La
pensión de invalidez es reconocida por dos vías, en el Sistema General de
Pensiones, cuando es de origen común o por el Sistema de Riesgos Laborales
cuando es de tipo profesional.
La claridad la hizo la Oficina
Asesora Jurídica del Ministerio del Trabajo, al publicar el concepto 168796 que
da respuesta al radicado No. 123678, del 30 de septiembre del presente año.
Resulta conveniente hacer
referencia artículo 38 de la Ley 100 de 1993 que califica de inválida a la
persona "que por cualquier causa de origen no profesional, no provocada
intencionalmente, hubiere perdido el 50 % o más de su capacidad laboral'.
En el evento que la pérdida de
la capacidad laboral sea del 50 % o más, da lugar al reconocimiento de las
prestaciones por invalidez causada por enfermedad común, la Administradora de
Pensiones en la cual se encuentra afiliado el trabajador debe verificar que se
cumplan requisitos como haber cotizado cincuenta semanas dentro de los últimos
tres años inmediatamente anteriores a la fecha de declaración del estado de
invalidez.
Si la invalidez es causada por
accidente, el afiliado tiene que haber cotizado cincuenta semanas dentro de los
últimos tres años inmediatamente anteriores al hecho causante de la misma.
De presentarse este caso en
menores de veinte años de edad, solo deberán acreditar cotización por
veintiséis semanas en el último año inmediatamente anterior al hecho causante
de la invalidez o su declaratoria.
Cuando el afiliado haya
cotizado por lo menos el 75% de las semanas mínimas requeridas para acceder a
la pensión de vejez, requerirá cotización por veinticinco semanas como mínimo
en los últimos tres años.
Accidente De Trabajo O Enfermedad
Laboral
Las prestaciones asistenciales
y económicas derivadas de un accidente de trabajo o de una enfermedad de origen
laboral, según el artículo 1° de la Ley 776 de 2002, serán reconocidas y
pagadas por la Administradora de Riesgos Laborales - ARL en la cual se
encuentre afiliado el trabajador en el momento de ocurrir el accidente o, en el
caso de la enfermedad laboral, al momento de requerir la prestación.
Se encuentra obligada la ARL a
asistir a la persona en la parte médica, quirúrgica, servicios de
hospitalización, medicamentos, prótesis, rehabilitación física y profesional,
gastos de traslado necesarios para la asistencia de los servicios y las
prestaciones económicas, como el subsidio por incapacidad temporal, la
indemnización por incapacidad permanente parcial, la pensión de invalidez, la
pensión de sobrevivientes y el auxilio funerario.
Para el caso de la incapacidad
permanente parcial, el artículo 5° de la misma Ley aclara que cuando el
afiliado, como consecuencia de un accidente o una enfermedad de origen laboral,
presenta una disminución definitiva, igual o superior al cinco por ciento, pero
inferior al cincuenta por ciento de su capacidad laboral, para lo cual ha sido
contratado o capacitado, la Administradora de Riesgos Laborales - A.R.L.
reconocerá una indemnización en proporción al daño sufrido, en una suma no
inferior a dos salarios base de liquidación, ni superior a veinticuatro veces
su salario base de liquidación.
Este reconocimiento se conoce
como de sobreviviente o sustitución pensional causada por el afiliado o el
pensionado para quienes acrediten su calidad de beneficiarios como cónyuge,
compañero (a) permanente, hijos menores, hijos estudiantes entre 18 y 25 años
de edad, hijos discapacitados o padres si dependían económicamente de este.
Jornada Laboral
El código sustantivo del
trabajo regula de forma muy precisa la jornada de trabajo máxima que debe
cumplir un trabajador, jornada máxima que en principio es de 8 horas diarias y
48 semanales.
Las 8 horas diarias y las 48
semanales son la regla general, pero como siempre, hay excepciones a esta regla general.
Es el caso de la jornada de
trabajo máxima que se le debe exigir a un adolecente trabajador, que es de 6
horas diarias y 36 semanales o 8 horas diarias
y 40 semanales, según la edad de este (Numeral 2 del literal b del
artículo 161 del código sustantivo del trabajo).
La jornada de trabajo máxima
de 8 horas puede ser incrementada cuando las partes acuerdan cumplir en 5 días
la jornada máxima de 48 horas semanales para que el trabajador pueda descansar
todo el sábado. Es decir que entre semana podrá laborar jornadas de 10
horas y en tal evento no se genera
trabajo suplementario, pero se insiste, esto con el único objetivo de no
trabajar el sábado.
Igualmente la jornada laboral
máxima de 8 horas diaria se puede incrementar con hasta dos horas adicionales
de trabajo, horas que constituyen trabajo suplementario o extra.
Cuando se organizan turnos de
trabajo sucesivos que impliquen trabajar todo los días de la semana, en tal
evento la jornada diaria no puede exceder de 6 horas y la semanal de 36.
Se puede concluir que en
ningún caso el trabajador debe laborar más de 10 horas diarias, incluyendo
horas extras, de modo que en realidad la jornada de trabajo máxima a la que se puede llegar es de 10
horas diarias y de hasta 60 semanales si
consideramos que diariamente se permite trabajar dos horas extras.
Estilo de vida, hábito de vida
o forma de vida hace referencia a un conjunto de comportamientos o actitudes
cotidianos que realizan las personas, algunos de los cuales pueden ser no
saludables.
Los estilos de vida están
determinados por procesos sociales, tradiciones, hábitos, conductas y
comportamientos de los individuos y grupos de población que conllevan a la
satisfacción de las necesidades humanas para alcanzar la calidad de vida.
De igual modo, el estilo de
vida es la base de la calidad de vida, concepto que la Organización Mundial de
la Salud –OMS- define como "la percepción que un individuo tiene de su
lugar en la existencia, en el contexto de la cultura y del sistema de valores
en los que vive y en relación con sus objetivos, sus expectativas, sus normas,
sus inquietudes".
La calidad de vida está
relacionada con los siguientes aspectos:
Satisfacción en las
actividades diarias.
Satisfacción de las
necesidades.
Logro de metas de vida.
Autoimagen y la actitud hacia
la vida.
Participación de factores
personales y socio ambientales.
Entre los estilos de vida que
afectan la salud y con ello la calidad de vida de las personas, se encuentran
los siguientes:
Consumo de sustancias tóxicas:
tabaco, alcohol y otras drogas.
Sedentarismo, falta de
ejercicio.
Insomnio.
Estrés.
Dieta desbalanceada.
Falta de higiene personal.
Errada manipulación de los
alimentos.
No realizar actividades de
ocio o aficiones.
Falta de relaciones
interpersonales.
Contaminación ambiental.
Algunos estilos de vida
saludables que debemos tener en cuenta para alcanzar la calidad de vida que
deseamos son:
Tener sentido de vida,
objetivos de vida y plan de acción.
Mantener la autoestima, el
sentido de pertenencia y la identidad.
Mantener la autodecisión, la
autogestión y el deseo de aprender.
Brindar afecto y mantener la
integración social y familiar.
Promover la convivencia,
solidaridad, tolerancia y negociación.
El autocuidado.
Tener acceso a seguridad
social en salud.
Controlar factores de riesgo
como obesidad, vida sedentaria, tabaquismo, alcoholismo, abuso de medicamentos,
estrés y algunas patologías como hipertensión y diabetes.
Realizar actividades en tiempo
libre y disfrutar del ocio.
La estrategia para desarrollar
estilos de vida saludables radica esencialmente, según Bassetto (2008), en el
compromiso individual y social que se tenga, sólo así se satisfacen necesidades
fundamentales, se mejora la calidad de vida y se alcanza el desarrollo humano
en términos de la dignidad de la persona.
Normas De Seguridad
la regla que resulta necesaria
promulgar y difundir con laanticipación adecuada y que debe seguirse para
evitar los daños que puedan derivarse de la ejecución de un trabajo.
Las Normas de Seguridad van a
ser la fuente de información que permite lograr una uniformidad en el modo de
actuar de los trabajadores ante determinadas circunstancias o condiciones, para
tener un comportamiento determinado y adecuado.
Las Normas de Seguridad son:
a) Las recomendaciones preventivas recogidas formalmente en
documentos internos que
indican
maneras obligatorias de actuar.
b) Directrices, órdenes e instrucciones que instruyen al
personal de la empresa sobre los riesgos
que pueden presentarse en su actividad y la forma de prevenirlos.
c) Regla que es necesario promulgar y difundir con
suficiente anticipación y que debe seguirse
para evitar los daños que puedan derivarse de la ejecución de un trabajo.
Inspecciones De Seguridad
Las inspecciones son
observaciones sistemáticas para identificar los peligros, riesgos o condiciones
inseguras en el lugar de trabajo que de otro modo podrían pasarse por alto, y
de ser así es muy probable que suframos un accidente, por tanto podemos decir
que las Inspecciones nos ayudan a evitar accidentes
En la mayoría de los casos, si
la persona que sufrió el Incidente o Accidente hubiera hecho un buen trabajo de
inspección hubiera podido evitar la lesión o el daño, esto es, que si hubiera
detectado el defecto o condición insegura; y lo solucionaba él mismo, o hubiera
avisado a su Líder o Supervisor para solucionarlo; no habría ocurrido el
incidente.
Tenemos los siguientes tipos
de Inspecciones
1.- Inspección antes de
Iniciar un Trabajo.
2.- Inspección Periódica (Por
ejemplo Semanal, Mensual, etc.)
3.- Inspección General.
4.- Inspección previa al uso
del Equipo.
5.- Inspección luego de una
Emergencia. Etc.
El propósito de una inspección
de seguridad es, claro está, encontrar las cosas que causan o ayudan a causar
incidentes
Los beneficios de las
Inspecciones son:
1.- Identificar peligros
potenciales.
2.- Identificar o detectar
condiciones sub estándares en el área de trabajo.
3.- Detectar y corregir actos
sub estándares de los empleados.
4.- Determinar cuándo el
equipo o herramienta presenta condiciones sub estándares.
Se considera como incapacitado
permanente parcial, al afiliado que, como consecuencia de un accidente de
trabajo o de una enfermedad profesional, presenta una disminución definitiva,
igual o superior al cinco por ciento 5%, pero inferior al cincuenta por ciento
50% de su capacidad laboral, para lo cual ha sido contratado o capacitado.
La incapacidad permanente
parcial se presenta cuando el afiliado al Sistema General de Riesgos
Profesionales, como consecuencia de un accidente de trabajo o de una enfermedad
profesional, sufre una disminución parcial, pero definitiva en alguna o algunas
de sus facultades para realizar su trabajo habitual, en los porcentajes establecidos
en el inciso anterior.
Incapacidad Temporal
Se entiende por incapacidad
temporal, aquella que según el cuadro agudo de la enfermedad o lesión que
presente el afiliado al Sistema General de Riesgos Profesionales, le impida
desempeñar su capacidad laboral por un tiempo determinado.Emergencia
Suceso o incidente súbito;
caso imprevisto o que requiere especial cuidado. Materialización o inminente
ocurrencia de un fenómeno de origen natural, tecnológico o humano con
afectación o posibilidad de alteración a las personas, bienes, economía,
seguridad, servicios y/o medio ambiente, lo cual requiere de la atención
institucional sin desbordar las capacidades de las instituciones y/ o sistemas
de atención y respuesta.
Presentado por:
Jose Daniel Velasquez Roa
Edgar Alexis Martinez Perdomo
Presentado por:
Jose Daniel Velasquez Roa
Edgar Alexis Martinez Perdomo





.jpg)
.jpg)
.jpg)


.jpg)
.jpg)
.jpg)
.jpg)
.jpg)
.jpg)

.jpg)
.jpg)
.jpg)